Sabadell AM desvincula los costes de análisis del servicio de intermediación y los traslada a los fondos

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Son muchos los cambios que trae MiFID y las gestoras están dando buena nota de ello en este principio de año. Es el caso Sabadell AM, quien en estos primeros días del 2018 ha notificado de dos cambios importantes relacionados con la nueva normativa europea.

La gestora informa en un hecho relevante publicado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores que, de conformidad con lo previsto en MiFID II, los gastos derivados del servicio de análisis financiero sobre inversiones que pueden soportar los fondos de inversión actualmente, hasta ahora incluidos en el servicio de intermediación, a partir del 3 de enero de 2018 se desvinculan de dicho servicio.

De esta manera, los informes anuales correspondientes al ejercicio 2018 de 66 fondos de inversión (97% del total) relacionados recogerán, en su caso, información cuantitativa y cualitativa detallada para que los inversores tengan conocimiento de la existencia de costes derivados del servicio de análisis.

La firma tiene previsto incluir la siguiente información en los folleto de estos productos: “el fondo podrá soportar gastos derivados del servicio de análisis financiero sobre inversiones desvinculados del servicio de intermediación; el informe anual del fondo recogerá, en su caso, información cuantitativa y cualitativa detallada para que los inversores tengan conocimiento de la existencia de costes derivados del servicio de análisis”. De esta forma, como han anunciado otras gestoras españolas, la firma se decanta por que sea el fondo quien asuma este coste.

Productos no complejos

Por otro lado, también en relación con MiFID II, la gestora ha notificado que desde el 3 de enero de 2018, nueve fondos han pasado a sujetarse a todos los límites de la directiva UCIT. Hasta la fecha, los fondos mixtos Inversabadell 10, 25, 50 y 70, los perfilados Sabadell Prudente, Equilibrado y Dinámico, o el Sabadell Selección Alternativa y el Sabadell Inversión Ética y Solidaria, todavía no estaban catalogados como UCIT.

En este sentido, corrían el riesgo de ser declarados como productos complejos, al no ser UCIT, lo que implica realizar un test de conveniencia a los clientes potenciales de estos fondos, donde se exponen los conocimientos y experiencia del cliente en los mercados financieros. Si el resultado fuera que no es conveniente, el propio cliente tendría que indicar que conoce que el fondo en cuestión es un producto complejo y que es conveniente para él. Una fórmula de venta que tendrá que realizarse sí o sí en los fondos garantizados.