Rescatar el plan de pensiones es compatible con el subsidio de desempleo

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Tax Credits, Flickr, Creative Commons

Entre los requisitos para poder percibir un subsidio por desempleo -la prestación que perciben quienes han agotado su paro- está el no tener rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Hasta ahora, y en diversas sentencias, quienes optaban por rescatar su plan de pensiones perdían el derecho a este subsidio ya que el dinero obtenido del plan hacía que incumplieran este requisito. El Tribunal Supremo, en un sentencia dada a conocer este miércoles, establece un nuevo criterio según el cual no es renta todo el importe rescatado sino solo la plusvalía o ganancia que se haya obtenido de dicho plan.

Según el texto de la sentencia, “en realidad, con el rescate del Plan de Pensiones, la actora no ha ingresado en su patrimonio nada que no tuviera ya". Y explica que “ha sustituido un elemento patrimonial (el Plan de Pensiones) por otro (el dinero obtenido por el rescate de dicho Plan) siendo lo único relevante a los efectos ahora examinados la ganancia, plusvalía o rendimiento que le haya podido reportar el citado Plan”. Asimismo, en la sentencia se señala que, en el caso concreto enjuiciado, "al no constar si han existido tales beneficios, plusvalías o rentas ni, en su caso, el importe de los mismos, la actora no ha cometido la infracción que el SPEE (Servicio Público de Empleo Estatal) le imputa, a saber, no comunicar la obtención de las rentas y percibir prestación por desempleo indebidamente". Y por tanto no ha perdido ningún derecho respecto al subsidio de desempleo, concluye el alto tribunal.

El caso que ha motivado el cambio de criterio del Tribunal Supremo es el de una desempleada a quien el INEM no quiso pagar un subsidio para mayores de 52 años, y que tenía previamente reconocido, por haber rescatado su plan de pensiones en enero de 2007. Tanto el Juzgado de lo Social número 3 de Barcelona como el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dieron la razón a la trabajadora.