La UE obligará a las agencias de rating a registrarse

Tras muchas especulaciones y polémicas por el control de las agencias de rating, este verano, la Unión Europea ha aprobado una norma que obligará a registrar y supervisar el funcionamiento de las agencias de calificación de riesgos.

Según ha informado Europa Press, la nueva norma pretende garantizar que las calificaciones no se vean afectadas por conflictos de intereses, que las agencias velen de forma constante por la calidad de la metodología empleada y que actúen con mayor transparencia.

El reglamento prevé que el Comité Europeo de Reguladores Bursátiles (CESR) actúe a modo de ventanilla única en la que tendrán que registrarse las agencias de rating que quieran operar en la UE. El CESR tramitará todas las solicitudes de registro e informará a las autoridades competentes en todos los Estados miembros. Los reguladores nacionales decidirán sobre el registro y también sobre la pérdida de la licencia en caso de incumplimiento de las reglas comunitarias.

La norma prevé la creación de un colegio de supervisores, en el que estén representadas las autoridades de los 27, que servirá como plataforma para intercambiar información en materia de supervisión y para mejorar la coordinación. Para evitar los conflictos de interés entre las agencias y las empresas a las que evalúan, la norma establece que los analistas que elaboran los rating estén sometidos a un mecanismo de rotación.

Las agencias deberán desvelar las metodologías que utilizan para elaborar su calificaciones y publicar anualmente un informe sobre transparencia. Además, no podrán prestar servicios de asesoría y deberán poner en marcha un sistema de control interno de la calidad de sus calificaciones.

Su consejo de administración deberá contar con al menos dos miembros independientes cuya remuneración no dependa de los resultados económicos de la agencia. Estos miembros estarán nombrados para un mandato único de cinco años. Sólo podrán ser destituidos en caso de falta profesional. Uno de ellos, como mínimo, deberá ser experto en seguros y financiación estructurada.

El texto aprobado entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Los Estados miembros tendrán 6 meses para aplicar las nuevas disposiciones.