La Tasa Tobin penaliza la gestión activa en los fondos

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lxmith, Flickr Creative Commons

Aún está tramitándose en el seno de la UE la directiva que pondría en marcha un impuesto sobre transacciones financieras (ITF), el conocido como Tasa Tobin. Pero las voces en su contra no se hacen esperar. No impondría una carga adicional al sector financiero, sino que se trasladaría su efecto al consumidor final; traerá consigo la deslocalización hacia territorios y productos no gravados; habrá mayores restricciones al crédito; y, en los fondos de inversión y de pensiones, “penaliza la gestión activa y prudente mediante la cobertura de los riesgos de mercado y la gestión a largo plazo vinculada a la previsión social”. Estos son sólo algunos de los efectos colaterales negativos del futuro Impuesto sobre Transacciones Financieras (ITF) según un informe elaborado por expertos de KPMG para la Fundación Impuestos y Competitividad.

En el caso concreto de España, el informe recoge a su vez otro estudio realizado por el catedrático de la UNED José María Labeaga cuya principal conclusión es que en el corto plazo recaudaría unos 1.200 millones de euros, pero a cambio el volumen de contratación caería entre un 3% y un 8%. En el largo plazo, la caída de los volúmenes de contratación aumentaría hasta el 30% y el 50%, en tanto que la recaudación bajaría a unos 1.170 millones de euros.

Para los autores del estudio, merece especial atención “el efecto negativo” que en concreto tendría el ITF sobre los fondos de pensiones y de inversión. Según explican, “el ITF recaería en primer lugar sobre el partícipe al adquirir la participación, pero adicionalmente también recaerá sobre el fondo por cada inversión que realice y por la cobertura de riesgos de sus inversiones”. En su opinión, podría verse “una reducción del nivel de actividad de estos vehículos, que buscarán minimizar el efecto negativo en la rentabilidad de los mismos por la aplicación del impuesto”. Los autores del estudio, Víctor Mendoza, Juan Manuel Moral y Verónica Romero, de KPMG, advierten del riesgo que supone que frente a los fondos de inversión europeos existan “productos sustitutivos no gravados por el ITF” como los depósitos bancarios o determinados seguros de ahorro. 

La entrada en vigor del futuro ITF (sin tener en cuenta el pazo de transposición) se ha previsto para enero de 2014. En líneas generales únicamente se aplicará en los Estados que decidan acogerse al procedimiento de cooperación reforzada. El tipo mínimo propuesto es del 0,1% sobre el precio abonado entre las partes y entrará en marcha siempre que, al menos, una de esas partes esté en un Estado miembro. Recaerá sobre acciones, bonos, notas, instrumentos del mercado monetario, participaciones en IIC y fondos de pensiones, estructurados…

Los autores del informe también analizan otra figuras tributarias que podrían tener cierta similitud con el ITF como es el caso de los gravámenes sobre los activos de la banca o el impuesto sobre los depósitos de las entidades de crédito que en España tienen Extremadura, Andalucía y Canarias –que a partir de enero de este año se quedará sin efecto por un cambio en la normativa realizada por el Gobierno-. En conjunto, la conclusión es clara: “Los motivos que desaconsejan su introducción no son despreciables”. Y “aún suponiendo a priori una fuente de ingresos adicional […] los costes podrían superar los beneficios”.