La subida del IRPF fomenta el ahorro a más de dos años

La subida de impuestos anunciada el viernes tras el Consejo de Ministros fomenta el uso de productos, como los fondos de inversión, seguros y depósitos a plazo, que no generen rendimientos hasta 2014.

 

Cuando ya teníamos casi olvidada la competencia entre productos financieros en función de su diferente trato fiscal, la recién estrenada reforma del IRPF vuelve a inclinar la balanza a favor del ahorro a largo plazo. En principio, el cambio se limita a una subida en los tipos de gravamen que afecta por igual a todas las rentas del ahorro. Ahora bien, esta subida o “gravamen complementario” como así se califica en el texto aprobado, es sólo para este ejercicio fiscal y el próximo.

 

En consecuencia, las rentas que no afloren durante los próximos 24 meses podrán evitar esta subida provisional. Depósitos a dos o más años, bonos cupón cero, seguros y activos cuyas plusvalías no se materialicen en este tiempo serán el refugio perfecto para protegerse de la subida. Entre estos últimos se encuentran los fondos de inversión que se mantengan hasta 2014. En el lado opuesto de la balanza, los productos que generen rentas periódicas, como puedan ser los dividendos de las acciones o los intereses de las cuentas, sufrirán todo el peso del reformado IRPF.

 

Los gravámenes complementarios –del 2%, 4% y 6%- que ha introducido el nuevo gobierno para las rentas del ahorro dan como resultado la puesta en marcha de una escala de gravamen de relativa progresividad. Hasta 6.000 euros de rendimiento del ahorro, el contribuyente pagará un tipo del 21%. Desde esa cifra y hasta 24.000 euros, el gravamen será del 25% y a partir de 24.000 euros, el tipo será del 27%.

 

Si confiamos en que esta medida fiscal de carácter temporal efectivamente será temporal –ejemplos de normas fiscales transitorias que duran décadas hay varios- cuando llegue el 1 de enero de 2014, se volverá a los dos tipos existentes hasta el pasado año, del 19% para los primeros 6.000 euros de renta del ahorro y del 21% para el resto.
 

 

NUEVA TRIBUTACIÓN PARA EL AHORRO
Base liquidable del ahorro   Tipo aplicable para ventas en 
euros nuevo recargo 2012-2013 a partir de 2014
0-5.999 2 21 19
6.000-23.999 4 25 21
24.000 ó más 6 27 21