La SEC amplía el concepto de “inversor acreditado” para facilitar la inversión en mercados privados

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Los mercados privados han experimentado un auténtico rally en los últimos años ante el aumento de la volatilidad vista en los mercados tradicionales y la cada vez mayor dificultad de conseguir en estos últimos unas rentabilidades lo suficientemente atractivas en un contexto de tipos bajos que, como confirmó la Fed en la reunión de la semana pasada de Jackson Hole se mantendrán durante un largo tiempo.

Sin embargo, no todos los inversores están ni dispuestos ni preparados como para dedicar una parte de su patrimonio a este tipo de mercados y no solo porque la inversión en ellos requiere unas inversiones mínimas no al alcance de cualquier tipo de inversor sino también porque este tipo de inversiones están dirigidas solo a inversores profesionales o, en el caso de EEUU, a inversores acreditados.

Con el objetivo de “armonizar y mejorar el marco de ofrecimiento de exenciones en virtud de la Ley de Valores para promover la formación de capital y ampliar las oportunidades de inversión al tiempo de mantener y mejorar la protección al inversor”, la Securities Exchange Comission (SEC) ha optado por ampliar la definición de ese “inversor acreditado” que se considera apto para invertir en este tipo de mercados y se espera que esa nueva definición entre en vigor en el último trimestre de este año.

La principal novedad en este cambio de definición, el primero que se hace en los últimos 40 años, es la idea de ligar a ese inversor acreditado no solo a su poder adquisitivo sino también a sus conocimientos financieros, añadiendo nuevas categorías de personas y entidades calificadas.

Hasta ahora, para ser inversor acreditado se exigía al menos 1 millón de dólares, o un umbral de ingresos individuales de más de 200.000 dólares (o 300.000 dólares conjuntamente con el cónyuge de la persona) en cada uno de los dos últimos años. Sin embargo, las enmiendas permiten ahora que las personas cumplan la definición de inversor acreditado no sólo en función de sus ingresos o su patrimonio neto, sino también en función otras medidas, con el objetivo de apmpliar el grueso de potenciales inversores. 

Así, en virtud de las enmiendas, la SEC adoptó añadir una nueva categoría a la definición que permite a las personas físicas se calificados como inversores acreditados sobre la base de ciertas certificaciones, designaciones o credenciales profesionales u otras credenciales emitidas por una institución educativa acreditada, que la SEC puede designar. Se incluyen también en la categoría a los empleados de un fondo de capital privado, hedge funds o fondo de capital riesgo, añadir también a asesores de inversión registrados en la SEC y cualquier entidad, incluidas las tribus indias, los organismos gubernamentales, los fondos y las entidades organizadas en virtud de las leyes de países extranjeros, que posean inversiones superiores a los 5 millones de dólares no constituidas con el propósito específico de invertir en los valores ofrecidos. También se añaden a la categoría family offices con al menos 5 millones de dólares en activos bajo gestión y sus clientes.

“Las reglas finales están diseñadas para permitir a los inversores con indicadores alternativos fiables de para participar en esas oportunidades de inversión, manteniendo al mismo tiempo la las salvaguardias necesarias para la protección de los inversores y la confianza pública en la inversión en áreas de la economía que crean desproporcionadamente nuevos empleos, fomentan la innovación y proporcionan oportunidades de crecimiento”, afirma la SEC en el documento final que ha publicado y que puede consultarse desde aquí.