La necesaria reforma de las pensiones

La reforma del sistema de pensiones es urgente para las arcas públicas españolas. España invierte más de un 60% del presupuesto de gasto social, y dentro de este, el pago por las pensiones ocupa un lugar destacado. La disminución del ratio cotizantes/jubilado hasta la cifra actual de 1,9, el envejecimiento de la población y la no actualización periódica de los requisitos de jubilación han hecho aún más necesaria una reforma seria e integral que por un lado sea equitativa y justa; y por otra asegure la pervivencia del propio sistema.

El documento que el gobierno envió hace un par de semanas a la Comisión del Pacto de Toledo del Congreso recoge la adecuación de las pensiones al factor de sostenibilidad. Las propuestas gubernamentales van encaminadas a modular las prestaciones a la baja. Esto significa que las pensiones puede que no queden indiciadas al IPC como hasta ahora. El gobierno aboga por que el total cotizaciones sociales acumuladas se transformen en unos puntos canjeables. El valor económico de cada punto  variará año a año en función de las condiciones económicas. Este sistema es el que por ejemplo ya posee Alemania. En dicho documento también se recoge la propuesta de no actualización de las bases reguladoras de acuerdo al IPC  -como sucede hasta ahora- de toda la vida laboral en el momento del cálculo de la pensión. La propuesta de reforma gubernamental también aboga por ahondar en la compatibilización entre el cobro de pensión y la realización de cierto grado de actividad laboral remunerada. El sistema de pensiones es un mecanismo de solidaridad intergeneracional que debe ser reformado para que pueda seguir funcionando. Por ello el peso de la reforma no debe caer sobre los actuales pensionistas sino sobre los futuros, que son actualmente cotizantes.

El documento gubernamental no recoge dos aspectos importantes. No dice nada acerca de un adelanto de la entrada en vigor de la edad legal de jubilación en 67 años antes del año 2027. Casi todos nuestros socios comunitarios europeos han fijado que esta medida entre en vigor en torno al año 2022. Tampoco aborda el sistema de cuentas individuales de cotización, que necesariamente introduciría el debate de cambio de un sistema de pensiones de reparto a uno de capitalización, tal y como defiende el comité de expertos de la patronal de seguros UNESA (presidido por el exministro socialista J.M. Eguiagaray). Con un sistema de capitalización cada trabajador modularía su esfuerzo contributivo, sería responsable de la administración del mismo y podría tomar las decisiones que estimara convenientes en cada momento. Se lograría que la pensión estuviera en relación directa y proporcional a lo aportado.

Chile es el ejemplo paradigmático en el desarrollo de los sistemas de capitalización. Desde 1924 hasta 1981 tuvo un sistema de reparto que cambió ante la acumulación de retos: envejecimiento de la población, descenso de cotizaciones y fragmentación entre las diversas modalidades de retiro. El cerebro de la reforma chilena fue el hermano del actual presidente de ese país, José Piñera. El sistema de capitalización chileno tiene las siguientes características:

  • Cada trabajador aporta obligatoriamente un 10% de su sueldo a su cuenta nocional de cotización. Puede aportar más de forma voluntaria a otra cuenta en el que se recoge las aportaciones no obligatorias.
  • El sistema pivota sobre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que administran los fondos acumulados por el trabajador. El trabajador elige a su AFP.
  • Se estableció un período intermedio entre la aprobación de la Ley en 1981 y su entrada en vigor de forma obligatoria, de modo que todos los trabajadores chilenos que ingresaron en 1983 y en años posteriores ya lo hicieron en la nueva modalidad.
  • Hay tres modalidades de retiro: Jubilación, Jubilación Anticipada e Invalidez y supervivencia.
  • Existen tres modalidades de pensiones: Renta Vitalicia, Retiro Programado y Retiro Programado Temporal con Renta Vitalicia Futura.
  • El estado Chileno actúa como regulador del sistema de capitalización y como garante financiero de última instancia. Asimismo impone a las AFP una garantía de rentabilidad mínima.

El Gobierno nombró en un Consejo de Ministros reciente a una serie de expertos para analizar las medidas con las que reformar el sistema de pensiones. Esperemos que dichos expertos consideren el establecimiento de un sistema de capitalización como medio para asegurar la pervivencia futura del sistema de pensiones. Esto redundaría en una mayor responsabilidad de cada trabajador sobre su propia pensión futura y favorecería el ahorro a largo plazo. Merece la pena pensar acerca de esta posibilidad, estudiarla en profundidad, y en su caso implantarlo con  nuestras características propias y matizaciones. Nos jugamos mucho y debemos responder de forma adecuada a los retos financieros. Por ello se debe ejecutar una reforma del sistema de pensiones que no sea cortoplacista, que afronte de forma realista nuestros retos actuales y que pueda ser planteada de forma definitiva.