La gestión discrecional de carteras pierde el beneficio de estar exento de IVA

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Antonio de la Mano, Flickr Creative Commons

En respuesta a una consulta planteada por la Asociación Española de Banca (AEB), la Dirección General de Tributos considera que “los servicios de gestión discrecional de carteras no quedarán exentos del impuesto [IVA], debiéndose repercutir el impuesto por la prestación de tales servicios”.

Como así se explica en la propia consulta, este criterio supone un cambio respecto al que se venía manteniendo en otras consultas de Tributos y tiene su motivación en la sentencia de 19 de julio de 2012 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En esa sentencia, el Tribunal apoyó el planteamiento defendido por Alemania, Holanda y Reino Unido considerando que la gestión de carteras no es solo una operación de compra y de venta de títulos que sí podría estar amparada por la exención del IVA como así defendían el Deutsche Bank y la Comisión Europea (CE), sino que se trata de una prestación de análisis y vigilancia no amparada por la exención.

El nuevo criterio adoptado por Tributos podría obligar a efectuar algún cambio en la normativa. No obstante, no es necesario esperar a un eventual cambio legislativo o de jurisprudencia para que la gestión discrecional de carteras empiece a estar sujeta al IVA del 21%.

En principio, y siempre que las consultas tributarias se planteen antes de que finalice el plazo para presentar la liquidación de un impuesto, el IVA se aplicará a aquellas operaciones respecto de las cuales, en el momento de presentar la consulta por parte de la AEB, aún no hubiese finalizado el plazo para la presentación de la declaración del IVA y a todas las siguientes. Como así se explica en la propia consulta “el carácter vinculante de la contestación […] se mantendrá para la Administración tributaria en relación con las obligaciones y derechos cuyo cumplimiento y ejercicio, respectivamente, hubiesen de materializarse por el obligado tributario durante la vigencia de dicho criterio”.

Quién ofrece este servicio

La gestión discrecional de carteras es una de las capacidades que tienen otorgadas las entidades de crédito (bancos), las sociedades de valores, las agencias de valores y las sociedades de gestión de carteras.

"Esta medida es una piedra más en el camino y está haciendo que la gestión se encarezca cada vez más. Se suma a la nueva imposición por las plusvalías generadas en menos de un año y a la nueva tributación de los dividendos y cupones", explica Lucas Monjardín, de la agencia de valores Capitalatwork. Considera que la recaudación que obtendrá la hacienda española con esta medida no será tal y que las entidades afectadas encontrarán soluciones para no repercutir el incremento del IVA a sus clientes.

Así, las entidades podrían optar por derivar a sus clientes hacia sicav (que no están afectadas por este incremento tributario) o llegar a crearles vehículos propios en otras jurisdicciones como Luxemburgo. Otra opción, puede ser el devolver al cliente lo recaudado por Hacienda una vez lo reciba de vuelta la entidad. "El objetivo es no hacer negocio con esto, ahora estamos analizando cómo capear el temporal porque un 21% es mucho para los clientes", dice Monjardín.

Actualmente, existen seis sociedades de gestión de carteras, 43 agencias de valores y 47 sociedades de valores, con un patrimonio total gestionado en carteras de 9.000 millones de euros, con datos de CNMV a septiembre de 2012. En total, las empresas de servicios de inversión (sociedades y agencias de valores y sociedades de gestión de carteras), ganaron en 2012 110,7 millones de euros hasta septiembre, el 29,13% menos que los 156,2 millones registrados en el mismo periodo del año anterior.