La Comisión Europea propone modificar el pago del análisis bajo MiFID II

recortes-costes-comisiones
Skyla Design on Unsplash

La Comisión Europea ha sometido a consulta un proyecto de enmienda del régimen de pago de los informes de análisis sobre empresas de pequeña y mediana capitalización y sobre instrumentos de renta fija. El objetivo es contribuir a la recuperación de la crisis originada por la pandemia de la COVID-19, según explican en una nota desde finReg360. La consulta, que finaliza el 4 de septiembre de 2020, modificaría el régimen de pago de los informes de análisis que estableció la Directiva Delegada (UE) 2017/593. Los estados miembros tendrán un período de nueve meses para transponerla a su normativa.

Los puntos más notables que destacan desde finReg son:

1. Excepción incluida en el proyecto de directiva delegada

Este proyecto de enmienda introduce una excepción que beneficia a la renta fija y a las empresas de pequeña y mediana capitalización (entendiendo por tales las empresas que no hayan superado una capitalización de mercado de mil millones de euros durante un período de doce meses anterior al informe de análisis). La excepción consiste en permitir el pago conjunto de los servicios de ejecución y los informes de análisis.

Para ello, el proyecto modifica el artículo 13 de la Directiva delegada (UE) 2017/593, que regula los incentivos en relación con los servicios de análisis financiero. Este artículo dispone que una empresa de inversión que preste servicios de ejecución debe identificar, por separado, los costes y gastos correspondientes a los servicios de ejecución del resto de servicios, entre estos, del servicio de análisis financiero.

2. Condiciones para el pago conjunto de los servicios de ejecución y análisis financiero

La enmienda permitirá que una empresa de servicios de inversión que opte por no cumplir con los requisitos del citado artículo pueda cobrar conjuntamente por la prestación de servicios de ejecución y servicios de análisis, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:

A. Que el acuerdo entre la empresa de servicios de inversión y el proveedor de análisis identifique qué parte del pago conjunto es atribuible al análisis, y que ese acuerdo sea anterior a la prestación de los servicios de ejecución o de análisis.

B. Que la empresa de servicios de inversión informe a su cliente sobre el pago conjunto.

Paquete de medidas para combatir el impacto del COVID-19

La Comisión Europea también ha aprobado un paquete de medidas para la recuperación de los mercados de capitales por la crisis de la COVID-19. Según explican desde finReg360, el paquete abarca ajustes en las normas contenidas en el  reglamento sobre folletos, en la MiFID II y en las normas de titulización. Entre los cambios destacados figuran:

1. La propuesta de crear un folleto para la recuperación de la UE, una especie de folleto abreviado, con una extensión máxima de 30 páginas, para las empresas que ya han sido admitidas en el mercado.

Se trata de una medida temporal, que tendrá una vigencia de 18 meses desde su fecha de aplicación, que busca facilitar:

- la elaboración para las empresas

- la lectura para los inversores

- el análisis para las autoridades nacionales competentes.

En suma, se pretende acortar el proceso de aprobación de este tipo de folletos a cinco días hábiles.

2. Modificaciones específicas de los requisitos de MiFID II para las empresas europeas. Esto supondría la reducción de la carga administrativa de ciertos requisitos y el desarrollo de los mercados energéticos

3. El tercer paquete de medidas plantea la modificación de los reglamentos de titulización y de requisitos de capital, con objeto de facilitar el uso de la titulización en la recuperación de la UE y permitir a los bancos ampliar sus préstamos y liberar sus balances de exposiciones dudosas (non-performing exposures, o NPE por sus siglas en inglés), que se prevé que aumenten por la crisis actual.