La comisión de custodia, la fórmula de las entidades españolas para mitigar la perdida de ingresos por retrocesiones

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JaulaDeArdilla, Flickr Creative Commons

MiFID II afecta a todos por igual. Seas un banco, una firma no bancaria o una EAFI, la nueva normativa implica mayores gastos y menores ingresos. En este sentido, todas las entidades españolas llevan estudiando desde que se conocen todas las implicaciones que trae la norma como mitigar este impacto en la cuenta de resultados, no de cuadrarlo. Aunque el foco de todas ellas, tal y como confirman a Funds People, será crecer.

Al margen de incrementar el negocio, comentan estas fuentes, el impacto más importante será el tener que ofrecer una oferta suficientemente amplia de producto. Ante este desafío, las firmas nacionales se plantean una única opción, cobrar una comisión de custodia, implementada por distintas vías.

La primera manera sería copiar el modelo luxemburgués, donde se aplica una comisión de custodia sobre toda la cartera de activos. En segundo lugar, aquellas entidades con una apuesta fuerte por producto propio, se plantean fijar una comisión de custodia exclusivamente sobre los fondos terceros. Finalmente, cobrar comisiones de custodia sólo en fondos con clases limpias. Cobrar por custodía ya es algo que ocurre con las sicav, acciones o emisiones de renta fija en directo.