La CNMV recuerda cómo actuar en la venta de fondos clónicos

La semana pasada Caixa Girona tuvo que devolver dinero a varios clientes por haberles vendido un fondo con mayor comisión cuando tenía otro con la misma política de inversión y menor comisión, es decir, dos fondos clónicos. Ahora, la CNMV ha publicado una comunicación recordando las obligaciones de las gestoras a la hora de comercializar este tipo de fondos.

En la comunicación, la CNMV recuerda que cuando la inversión se realice en el ámbito de la gestión de carteras, o del asesoramiento en materia de inversiones, la entidad deberá elegir aquel fondo o clase que resulte más beneficioso para su cliente, siempre que sus condiciones objetivas se adapten al inversor. Fuera del ámbito de la gestión de carteras o del asesoramiento en materia de inversión, y, aunque no exista en consecuencia recomendación personalizada, también corresponde la colocación del fondo clónico que resulte más beneficioso para el inversor, siempre que la venta se realice a iniciativa de la entidad, o partiendo la iniciativa del inversor, ésta sea de carácter genérico y la entidad es quien ofrece la venta del fondo concreto.

Además, el supervisor recuerda que para facilitar la identificación de los fondos clónicos desde su lanzamiento es necesario que “se pronuncien expresamente y por escrito sobre la existencia, o no, de fondos clónicos dentro de la oferta de productos promovidos por una misma sociedad gestora. En caso afirmativo, la entidad deberá concretar en el folleto informativo los elementos diferenciadores que justifican su convivencia frente a la alternativa de crear distintas clases”.

Consulte la comunicación de la CNMV