La CNMV aprueba la guía técnica sobre formación del personal de las entidades financieras

CNMV
Foto: cedida por CNMV

La CNMV acaba de aprobar la guía técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora en las entidades financieras, que contiene los criterios para evaluar los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora en las redes de venta de las entidades financieras, en particular entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, uno de los ámbitos a los que se refiere MiFID II. Según explican desde el organismo regulador, el objetivo fundamental de la guía es mejorar el nivel de formación del personal en beneficio de los clientes o inversores, las entidades y sus empleados.

La guía técnica, que entrará en vigor el 1 de enero de 2018, contiene los conocimientos mínimos que el personal de las redes de venta deberá adquirir para poder informar o asesorar a clientes. Además, especifica el mínimo de horas de formación, que será de 80 para el personal que ofrezca información y de 150 para el que asesore, así como la formación continua. No obstante, con base al principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la complejidad del servicio a prestar y de los instrumentos sobre los que se informa o asesora, se podrá establecer un número de horas inferior bajo la responsabilidad de la entidad financiera.

También se establece la necesidad de una experiencia mínima de 6 meses a jornada completa para poder realizar labores de información o asesoramiento de modo autónomo a los clientes y los requisitos organizativos y la responsabilidad de las empresas en la formación del personal.

Finalmente, facilita a las entidades tres posibilidades para acreditar que sus empleados tienen los conocimientos adecuados: un título o certificación incluido en la lista que elaborará la CNMV; otra cualificación externa, quedando bajo la responsabilidad de la entidad comprobar la equivalencia de la formación y la evaluación con los requisitos de la guía; o una cualificación interna de la entidad que cumpla los requisitos de la guía.

“Los clientes serán más conscientes de los riesgos de los productos al recibir una correcta información y asesoramiento, y podrán tomar decisiones mejor informadas, mientras que las entidades tendrán más garantías de que su personal contará con la debida formación para ejercer sus labores y obligaciones de acuerdo a la normativa, ya que el personal que ofrece servicios inversión tendrá los conocimientos y experiencia necesarios para ejercer sus tareas y responsabilidades correctamente”, afirman.

El pasado mes de abril, la CNMV presentó un proyecto de guía que recibió numerosos comentarios durante el periodo de audiencia pública. En base a ellos han introducido aclaraciones como la aplicación de la guía también a las redes de venta subcontratadas (telemarketing, call centers…), la inclusión del grado de complejidad de los instrumentos financieros para la aplicación proporcionada de los criterios, o la especificación de que el número de horas de la guía son horas lectivas, entre otras aclaraciones.

Puede acceder a la guía a través del siguiente enlace.