La Circular 4/2008 podría suponer un golpe para la venta de fondos extranjeros

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La Circular 4/2008 de la CNMV, que entró en vigor el pasado 31 de marzo, obliga a los comercializadores de fondos a guardar una copia de toda la información entregada y firmada por el partícipe en el momento de la suscripción del fondo. Si esta obligación finalmente se extiende a los fondos internacionales comercializados en España, como fuentes de la CNMV confirmaron a Funds People hace un mes, varios bancos y cajas de tamaño medio y pequeño están planteándose dejar de ofrecer estos productos, por la carga administrativa que supone.

“Si esto se confirma finalmente, supondrá un trabajo administrativo adicional que, tal como está el negocio en la actualidad, nos llevará a plantearnos dejar de ofrecer este tipo de productos”, ha reconocido el responsable comercial de una entidad española. “¿No se dan cuenta en CNMV de cómo es un folleto de una sicav luxemburguesa? El tener que almacenar documentos de más de cien páginas de quinientos clientes con un servicio de gestión integral de carteras es algo que no podemos permitirnos en un momento de recorte de costes. ¿Saben lo qué es mantener 5.000 folletos de fondos? Nosotros no contamos con los medios de entidades grandes. Al final, preferiremos ofrecer a nuestros clientes otros productos que nos requieran menores obligaciones”, dice el director general de una entidad española. No hay que olvidar que frente a un folleto simplificado con sólo dos o tres páginas, la documentación de los fondos internacionales puede superar el centenar de páginas.

Ni siquiera la posibilidad de realizar las suscripciones de fondos por canales telemáticos es solución para algunas entidades. “¿Quieren que coloquemos una cabina telefónica en cada sucursal bancaria para que el cliente nos de la orden por teléfono?”, señalan desde otro comercializador.

No obstante, aún está pendiente de publicación la nota aclaratoria en la que la CNMV despejará las dudas que ha suscitado esta circular. En esta nota, el organismo supervisor especificará si las entidades tendrán que conservar la copia completa firmada por el cliente o si bastará con que guarden sólo la primera página del documento.

La nueva circular que entró en vigor hace tres meses obliga a conservar una copia en soporte duradero de toda la documentación requerida (al menos, el folleto simplificado y el informe semestral) que en el caso de los compartimentos de sicav extranjeras distribuidos en España pueden superar el centenar de páginas.