El Parlamento Europeo da un paso más hacia la aprobación de la directiva hedge

El Comité de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo (Ecofin) ha dado luz verde al texto inicial por el que se regulará a las gestoras de fondos de gestión alternativa, incluidos los hedge funds. Entre las principales novedades, el comité ha decidido recoger la figura del pasaporte europeo para las gestoras extranjeras, siempre y cuando los estados de origen cumplan con determinados requisitos de transparencia y supervisión.

Éste ha sido uno de los aspectos más debatidos de la norma, desde que la Comisión Europea incluyera en el borrador inicial un sistema basado en la equivalencia. En este sentido, si la Comisión consideraba el sistema legal de un tercer país equivalente al  establecido en la directiva, los fondos y las gestoras de ese país tendrían acceso al mercado comunitario.

La medida se encontró con la oposición de Reino Unido, que reclamaba que para la obtención del pasaporte sólo fuera necesario contar con la aprobación del supervisor de un estado miembro. Sin embargo, el resto de los países comunitarios consideraba que esta opción dejaba abierta la puerta a la entrada de hedge funds procedentes de paraísos fiscales, por lo que el texto propuesto por la presidencia española optaba por un enfoque más proteccionista, lo que provocó la reacción de otras jurisdicciones internacionales, como EEUU o las Islas Caimán.

Finalmente, el comité parlamentario ha optado por establecer que las gestoras extranjeras que quieran acceder al mercado europeo tendrán que cumplir con los requerimientos de la directiva. En esos casos, los supervisores financieros del tercer país tendrán que actuar como agentes del ESMA (el organismo europeo de supervisión que sustituirá al CESR), en la supervisión de la gestora. En cuanto a los fondos extranjeros, su comercialización estará permitida si el país donde está registrado tiene unos estándares elevados en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación terrorista, garantías recíprocas de comercialización de fondos europeos en su territorio y acuerdos con los estados miembros en los que la comercialización esté sujeta a intercambios de información fiscal y tareas de monitorización. Finalmente, el país debe reconocer y cumplir las sentencias emitidas por la UE en los asuntos relacionados con la directiva.

Ahora que el comité parlamentario ha aprobado el documento, se emprenderán las negociaciones con el Ecofin para lograr el mayor consenso posible antes de que se produzca la votación en primera lectura en el pleno del Parlamento Europeo, prevista para el próximo mes de julio.

Otras novedades

Tras las últimas enmiendas aprobadas, productos como los fondos de capital riesgo y los investment trust tendrán una regulación más flexible que los hedge funds, mientras que otros tipos de fondos inversión alternativa estarán exentos.

En este sentido, los parlamentarios han resuelto adoptar un sistema de proporcionalidad para regular de forma más laxa a los fondos de menor riesgo e incorporar mejoras relativas a la transparencia y las reglas de reducción de riesgo.

Además, la nueva norma requerirá que las gestoras informen a los inversores sobre los niveles máximos de apalancamiento y la cantidad total de apalancamiento utilizado por el fondo. Los fondos de fondos hedge deberán proveer información sobre el domicilio de los fondos subyacentes así como de cualquier fondo principal (master). Los gestores también deberán proveer de cualquier descripción en relación con las rentabilidades pasadas de los fondos, los cambios en el pasivo cuando exista un acuerdo contractual entre gestora y depositaria y la información sobre el papel de los subdepositarios, en caso de que los haya.

Por su parte, las autoridades deberán ser informadas del apalancamiento general de cada hedge fund, el abono de las comisiones y las cantidades pagadas a la gestora y los datos de rentabilidad del fondo, incluyendo la valoración de los activos. Las autoridades también podrán solicitar más información si consideran que las gestoras, o los fondos, pueden implicar riesgos importantes. El ESMA podrá también requerir un reporting adicional en circunstancias excepcionales o para proteger la estabilidad del sistema financiero.

Remuneración y ventas en corto

Precisamente para reducir el riesgo del sistema financiero, el comité sugiere nuevas medidas entre las que se incluyen nuevas reglas sobre remuneración, venta de valores prestados y comercialización a inversores minoristas.

En el apartado de remuneración, el texto requiere que las gestoras adopten políticas y prácticas que no fomenten un riesgo excesivo. En concreto, exige que las políticas de remuneración de las gestoras sean muy similares a las aplicadas en los bancos.

El texto prohibe las ventas al descubierto (naked short selling) y requiere que las gestoras comuniquen a las autoridades nacionales de forma regular la información sobre las posiciones cortas más importantes. También recoge la posibilidad de que el ESMA pueda decidir restringir las ventas en corto en circunstancias excepcionales o para proteger la estabilidad del sistema financiero.

En cuanto a la comercialización a inversores minoristas, los estados miembros tendrán que prohibir la comercialización de un fondo de gestión alternativa en su territorio siempre que éste invierta más de un 30% de su patrimonio en fondos cuya comercialización esté prohibida en la Unión Europea.