El paradigma ético en las finanzas islámicas

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La Ética no es una ciencia en sentido estricto: “la ética, en la medida en que surge del deseo de decir algo sobre el sentido último de la vida, sobre lo absolutamente bueno, lo absolutamente valioso, no puede ser una ciencia. Lo que dice la ética no añade nada, en ningún sentido, a nuestro conocimiento. Pero es un testimonio de una tendencia del espíritu humano que yo personalmente no puedo sino respetar profundamente y que por nada del mundo ridiculizaría” (Wittgenstein, 1990).

No obstante, y aun existiendo un uso preferente tanto para “moral” como para “ética”, cuando se habla de una acción no ética o inmoral el significado de tal expresión se hace comprensible para cualquier individuo, tanto si se utiliza la primera acepción como la segunda. Carlo María Martini atribuye al laico virtuoso la convicción de que la base de la ética está en los demás (Eco y Martini, 2001). “Pero no se trata de una vaga inclinación sentimental, sino de una condición básica. Como hasta las más laicas de entre las ciencias humanas enseñan, son los demás, en su mirada, lo que nos define y nos conforma. Nosotros (de la misma forma que no somos capaces de vivir sin comer ni dormir) no somos capaces de comprender quiénes somos sin la mirada y la respuesta de los demás”. Se cuestiona  el autor, si esta conciencia de la importancia de los demás es suficiente para proporcionar una base absoluta, unos cimientos inmutables para un comportamiento ético y concluye: “la tentación del mal está presente incluso en quien posee una noción fundada y revelada del bien”. Cualquier hombre ha causado daño o ha producido dolor a alguien a lo largo de su vida. Por eso mismo la reflexión sobre la bondad y la maldad de los actos se hace necesaria; es decir, la Ética es necesaria.

Después de este sucinto repaso al concepto de ética, es necesario hacer de nuevo una distinción, útil para una posterior reflexión con respecto a las finanzas islámicas. Hay quien confunde la Ética y la Ley. La ley positiva se encuentra bajo la cobertura de la ética (cumplir las leyes es ético), pero no se puede olvidar que las leyes no bastan, siquiera sea porque no se puede declarar ilegal todo lo que es inmoral o carente de ética y, por otro lado porque no siempre las leyes son compatibles con las normas morales. El Estado de derecho puede seguir siendo un estado inmoral, y ello, aun cuando las normas jurídicas hayan sido democráticamente consensuadas. Lo ético requiere convicción y voluntariedad y no se resuelve con penalizaciones externas como en el caso de la Ley.

La ética no pertenece al saber teórico propio de las ciencias que se rigen por la demostración, sino al saber teórico que se rige por la argumentación. El que exista reflexión ética y búsqueda de argumentos no es algo casual, sino que es fruto del conflicto moral. Por todo ello, antes de realizar un análisis de la ética o posible carencia de ética en el mundo de las finanzas islámicas, vamos a analizar el marco conceptual de las mismas, para así poder reflexionar al respecto.

La Banca Islámica supone hoy en día alrededor del dos por ciento de la banca mundial; aun cuando este porcentaje no es muy alto, supone que el sector opera a un volumen aproximado de un trillón de dólares (1). Además, se estima una evolución importante de la misma, esperándose un crecimiento entre un 12 y un 15 por ciento anual (2). El auge de las finanzas islámicas se debe principalmente al aumento de la población musulmana, unido al fuerte crecimiento de los mercados de capitales islámicos, basados en el  aumento de riqueza de los países derivada del precio del petróleo (habrá que prestar atención a lo que pase en los próximos meses con respecto a la variación del precio del crudo porque sin duda afectará al desarrollo  de la banca islámica) y la captación de negocio de los países occidentales.

Debido a la inmigración y a la globalización de la población musulmana a diferentes partes del mundo, las finanzas islámicas se han ido desarrollando también en países no musulmanes (Reino Unido, o Estados Unidos entre otros).

La crisis financiera ha supuesto una crisis de confianza en profundidad en instituciones, mercados e intervinientes. Y entre las causas de la crisis no pueden obviarse las actuaciones en determinados casos, basadas en la irresponsabilidad y avaricia. Parece necesario cuestionarse el papel de los principios éticos necesarios para el desarrollo de un sistema financiero internacional sostenible. Tras la crisis se ha revisado y modificado a nivel internacional la legislación, a la vez que se ha reforzado la supervisión. Pero sabemos por experiencia que esto solo no es suficiente.

Es en este contexto donde la importancia de la banca islámica se ha desarrollado a raíz de ponerse en entredicho el sistema de banca convencional. La diferencia  fundamental entre ambos modelos de banca se explica por la exigencia de respetar la Ley Islámica de tal forma que “se garantiza la justicia y la prohibición de interés a través de principios éticos”.

Siendo la base  del modelo financiero el dar perfecto cumplimiento con respecto a la Ley Islámica conviene saber cuáles son las fuentes jurídicas del Islam pues son éstas las que sientan las bases de la economía islámica. “El eje del pensamiento islámico se basa en que las normas morales y religiosas reveladas y publicadas por Muhammad se extienden a todos los campos, aspectos y relaciones del comportamiento humano” (Marcos, 2014). La Sharia es la Ley Islámica que constituye la base del orden jurídico islámico. La Sharia establece una serie de prohibiciones en relación con el comercio y las finanzas. Estas prohibiciones suponen que las finanzas islámicas no puedan hacer uso de todos los instrumentos financieros existentes en la banca convencional.

Hay cuatro prohibiciones fundamentales: prohibición de Riba (prohibición del cobro de interés), Gharar (prohibición de riesgos excesivos), Haram (prohibición de ciertos negocios) y (prohibición de juegos de azar); Maysir y Quimar (Kessler, 2014). A priori encontramos una diferencia sustancial con respecto al sistema financiero convencional y es el cobro de intereses basado en una concepción distinta de los mismos. Aristóteles ya hacía referencia a la carencia de ética en este punto, hablaba así de la usura. Hay distintas escuelas filosóficas que hacen mención al respecto y ninguna se pone de acuerdo para una conclusión final (recordemos de nuevo que la ética es un saber de carácter especulativo). Un banco islámico sólo puede calcular un margen de beneficio cuando se esté proporcionando al cliente un servicio; en forma de mano de obra, de iniciativa empresarial o de asunción de riesgos (Kashani, 1998).

Otra de las prohibiciones es la de Gharar, prohibición de riesgos excesivos. Uno de los factores causantes de la crisis propiciada en el sistema actual ha sido debida a la asunción de riesgos excesivos, que han dejado al inversor indefenso, proporcionándole  en muchos casos informaciones sesgadas e inconclusas sobre la posible rentabilidad y riesgo en su operación (Gismera y Urquijo, 2014). Estos mismos autores ya indicaban la falta de supervisión de los mercados en el sistema financiero convencional. En la banca islámica existen supervisores que garantizan la justicia, o al menos trabajan fielmente para que se cumpla. Para seguir analizando el paradigma ético en la banca islámica sería conveniente analizar cuáles son las formas de financiación con retorno variable y con retorno fijo y así establecer una comparación con las del sistema convencional y poder reflexionar sobre la ética o carencia de ética en ambos sistemas.

Este sistema no está exento de retos. La necesidad de interpretar las operaciones de acuerdo a la Ley islámica en la práctica carece de homogeneidad generándose incertidumbre jurídica. Es un hecho que las interpretaciones no se siguen con los mismos criterios  entre  los países musulmanes ni en los países no musulmanes donde se ha instaurado la banca islámica.

Es sin duda un tema apasionante y de máxima actualidad. Debemos reflexionar sobre cuáles deben ser los principios éticos en los que basarse para construir un modelo financiero global sostenible en el tiempo y compatible con la diversidad.

Sigamos observando el crecimiento o el estancamiento del sistema islámico y si efectivamente es un sistema más cercano a la moral de todos. En determinados aspectos es sin duda un paradigma “más ético” en las finanzas islámicas (como se ha descrito con anterioridad), si se puede utilizar tal expresión, pero no debemos olvidar que la Ley se encuentra bajo el paraguas de la ética y no al revés.

Bibliografía

Anca, C. Banca Islámica y crisis del sistema financiero. http://www.afkarideas.com/wp-content/uploads/files/3-20-15.pdf. Fecha de consulta: noviembre de 2014.

Cortina, A. y Martínez, E. (1996), Ética. Madrid: Ediciones Akal.

Eco, U. y Martini, C. M. (2001), ¿En qué creen los que no creen?. Barcelona: Círculo de Lectores.

Gismera, L. y Urquijo, J.L. (2014), “Responsabilidad Financiera en la Crisis”. Madrid: Revista Icade, número de diciembre, pág. 10.

Kessler Rodríguez, A. “Finanzas islámicas: una oportunidad para España”. http://www.revistasice.com/CachePDF/BICE_3022_2534_FC599E705F64E3F6FA763035E8275BC7.pdf, fecha de consulta: diciembre de 2014.

Martos Quesada, J. (2014), “El Corán como fuente de derecho en el Islam”. Universidad Complutense de Madrid.

Nietzsche, F. (2000), Más allá del bien y del mal. Madrid: EDAF, Ediciones-Distribuciones, S. A.

Wittgenstein, Ludwig, J. J. (1990), Conferencia sobre ética. Barcelona: Ediciones Paidós Ibérica, S. A.

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(1) Datos de finales del año 2012. “The value of Islamic financial assets worldwide increased from USD 150 billion in the mid-1990s to an estimated USD 1.6 trillion by end 2012”. Fuente: European Central Bank, “Islamic Finance in Europe”, Ocasional Paper Series, nº 146, junio 2013.

(2) Moody´s Investor Service, la agencia Reuters y el New York Times publicaron en el año 2012 que la banca crece a una tasa de entre el 10 y el 30%.