El Gobierno permitirá el rescate de los planes de pensiones en los próximos seis meses a afectados por el coronavirus

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El Gobierno permitirá el rescate de los planes de pensiones en los próximos seis meses a afectados por el coronavirus desde el 14 de marzo de 2020, fecha en la que se anunció el estado de alarma. Un nuevo Real Decreto-Ley dará la posibilidad de que, de forma excepcional, se pueda acceder a los derechos consolidados en los planes a aquellos empleados que se hayan quedado sin trabajo como consecuencia de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), así como a empresarios y autónomos que hayan cesado su actividad. 

El decreto establece tres supuestos: encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de un expediente de regulación temporal de empleo derivado de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ser empresario titular de establecimientos cuya apertura al público se haya visto suspendida como consecuencia del estado de alarma, los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social y que hayan cesado en su actividad como consecuencia de la situación de crisis sanitaria.

El documento establece unos importes máximos a disponer: los salarios dejados de percibir mientras se mantenga la vigencia del expediente de regulación temporal de empleo para el supuesto de ERTE, los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la suspensión de apertura al público para empresarios y los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 para el supuesto de autónomos. 

El reembolso de derechos consolidados se hará efectivo a solicitud del partícipe, sujetándose al régimen fiscal establecido para las prestaciones de los planes de pensiones, determina el decreto. Además, “deberá efectuarse dentro del plazo máximo de siete días hábiles desde que el partícipe presente la documentación acreditativa correspondiente", concreta el texto.

Esta disposición será aplicable también para otros ahorradores a través de planes de previsión asegurados (PPA), planes de previsión social empresarial (planes de empleo) y mutualidades de previsión social. A cierre del año pasado, el patrimonio en planes de pensiones ascendía a 116.000 millones de euros, siendo casi 80.000 millones de planes individuales. 

A falta de conocer los detalles concretos, desde Inverco entienden la situación de "urgencia y excepcionalidad de este nuevo supuesto de liquidez". Aunque se trata de un producto de ahorro para la jubilación, "es razonable esta disposición en situaciones como ésta", asegura Ángel Martínez Aldama, presidente de Inverco, que espera "poder colaborar con el Gobierno en la elaboración del reglamento para que se palie estas situaciones de necesidad de la mejor manera posible".

Ampliación del plazo

El Gobierno, a propuesta de la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, podrá ampliar el plazo previsto para solicitar el cobro de los planes de pensiones, teniendo en cuenta las necesidades de renta disponible ante la situación derivada de las circunstancias de la actividad económica provocadas como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Supuestos especiales

Hasta la fecha, solo existían los supuestos de liquidez por enfermedad grave e invalidez, y desde 2013, por la anterior económica, se amplio los supuestos a paro de largo duración y como medida para poder pagar la hipoteca y evitar el desahucio. En 2015 se introdujo el rescate de los planes a los 10 años desde la primera aportación, permitiéndose los primeros rescates a partir del 1 de enero de 2025.

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Fuente: Inverco