Cuadro resumen: qué dice la normativa y sus posibles modificaciones sobre las retrocesiones

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SordaCadencia. Flickr. Creative Commons

MiFID II sigue su curso y dos aspectos fundamentales están pendientes de ser regulados: la posible extensión de la consideración de complejos a las IIC estructuradas y la eventual prohibición de las retrocesiones en el asesoramiento independiente y la gestión discrecional de carteras. La normativa está actualmente en un in pass.

En el mes de octubre de 2011 la Comisión Europea publicó una propuesta de modificación de la MiFID. Según explican desde Inverco, de acuerdo con el procedimiento legislativo europeo, una vez el Parlamento Europeo haya procedido en sesión plenaria a la votación de su posición en primera lectura (lo que se espera suceda en diciembre de 2012), ese texto se remitirá al Consejo de la UE, quien podrá aprobarlo (quedando el acto adoptado) o rechazarlo, en cuyo caso el Consejo adoptaría su propia posición, y se la remitiría al Parlamento para su eventual aprobación por este último. En caso de no producirse ésta, se iniciarían los llamados “trílogos” entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo, para intentar encontrar una alternativa de consenso.

No obstante, en septiembre de 2012, el Consejo de la UE ha publicado un texto preliminar que, en lo referente a los dos aspectos señalados anteriormente, diverge del texto que se someterá a votación en el Parlamento Europeo. Esta falta de sintonía entre ambos textos dilatará, previsiblemente, la aprobación de la Directiva.

Inverco ha elaborado este análisis sobre la normativa vigente y las propuestas recogidas en los distintos textos que están en proceso de aprobación. Consulta aquí el documento completo de Inverco.

 

Artículo 24 sobre incentivos
Texto vigente No contiene ninguna prohibición a la percepción de incentivos (retrocesiones) en caso de asesoramiento independiente o gestión de carteras.
Texto propuesto por la Comisión Europea (oct-11) Prohíbe los incentivos monetarios en caso de asesoramiento independiente y gestión discrecional de carteras.
Enmiendas del Parlamento Europeo (la votación en ECON  estaba prevista para el 8 de julio, pero se ha pospuesto sin fecha) Deja que cada Estado miembro prohíba o restrinja los incentivos. En caso de incentivos recibidos por gestión discrecional de carteras, se prevé la inclusión de su importe en un informe anual.
Texto de la Presidencia del Consejo UE (no se vota hasta que se haya producido la votación en el Parlamento Europeo) Mantiene la prohibición de la propuesta de la Comisión y la extiende a los incentivos no monetarios, excepto los de poca relevancia.
Fuente: elaborado por Inverco