Amnistía fiscal, una oportunidad para ampliar el abanico de nuestro asesoramiento

Como Vds. bien conocen, el pasado 30 de marzo el gobierno de España incorporó dentro del RD Ley 12/2012 un procedimiento extraordinario de regularización de posiciones no declaradas y que los medios de comunicación están denominando amnistía fiscal.

No es nuestro objetivo entrar a valorar la justicia o no de la medida, ya que se trata de una decisión que nos viene dada, sino interpretar qué impacto puede tener en la actividad del asesoramiento financiero y que a nuestro juicio, ya les anticipamos, identificamos claramente como una positiva oportunidad para aquellos asesores financieros que buscan hacer crecer su negocio.

Les ponemos brevemente en antecedentes para acotar la situación a la que nos enfrentamos en el corto plazo:

1. Los clientes que se encuentren afectados por esta situación tienen de plazo hasta el 30 de noviembre para tomar la decisión. La medida ya es firme si bien estamos a la espera de recibir el procedimiento operativo, por tanto serán los meses de septiembre y octubre los potencialmente mas activos en este sentido, teniendo plazo hasta entonces para analizar los términos de la norma aprobada.

2. Se trata de un procedimiento que a priori puerde parecer sencillo; aplicar un tipo de gravamen del 10%  sobre el valor de adquisición de los elementos a regularizar, a través de una declaración tributaria especial, si bien dadas las multiples casuísticas que se pueden dar, lo mas recomendable es ponerse en manos de un experto fiscalista que pueda valorar al detalle.

3. A diferencia de situaciones anteriores o similares de países de la UE, este proceso de regularización no exige transferir los fondos al país de residencia fiscal del contribuyente, por tanto una vez regularizada la situación, el cliente puede seguir manteniendo las posiciones en la jurisdicción y depositario en el que se encontraba.

4. Nos encontramos por tanto ante la posibilidad de incrementar el volumen de inversiones asesoradas de nuestros actuales clientes, y valorar con estos la conveniencia de su repatriación.

 

Argumentos que encontramos que están alineados con nuestro enfoque de asesoramiento:

 

1. La situación que vive nuestro país desafortundamente, en estos momentos, no es sin duda el entorno económico mas deseado; con un incremento de la presión fiscal, nuestra prima de riesgo en niveles preocupantes y un sistema financiero en plena reestructuración. Desde el punto de vista aséptico del asesor, la diversificación de riesgo país para ciertos niveles de patrimonio adquiere cierto significado.

2. El custodio de los activos, no era importante hasta que ha pasado a serlo. Los ratings de nuestras entidades nacionales están muy tocados; aludiendo de nuevo al concepto de diversificación para mitigar el riesgo, nunca esta de más investigar algo sobre la solvencia del actual custodio de dichas posiciones, no sólo hay que diversificar el riesgo país sino también el riesgo custodio.

 

En el actual contexto de mercado que vivimos, donde la destrucción de riqueza y el efecto desapalancamiento esta reduciendo notablemente el volumen de las carteras bajo gestión o asesoramiento, no resulta fácil incrementar los mismos o bien aumentar el número de clientes nuevos, por ello vemos en la aceptación de esta situación una oportunidad que hay que intentar explorar:

 

- En primer lugar la posibilidad de internacionalizar la cartera bajo asesoramiento, pudiendo el asesor enriquecerse profesionalmente de la experiencia de otras entidades fuera de nuestras fronteras, aumentar la dinámica de contactos con dichas entidades, comparar las técnicas de gestión, reporting, producto etc..

 

- En el terreno de las EAFIs (recuerden que sigue siendo una actividad joven y en proceso de maduración), la posibilidad de asesorar patrimonios de forma transfronteriza, conlleva dependiendo de los casos la necesidad de solicitar a la CNMV el pasaporte comunitario, trámite sencillo que no debe provocar rechazo alguno.

 

Para ello, es necesario que entidades españolas, eafis y agentes aborden la situación con profesionalidad, analizando con qué entidades extranjeras se deben y pueden firmar acuerdos de colaboración (analizar la entidad mas conveniente), una vez establecidos los canales adecuados de control, deben dotarse de los medios tecnológicos convenientes para que puedan tomar el control del asesoramiento de dichas posiciones, siempre bajo la cobertura legal del proveedor elegido. 
No podemos más que animarles a explorar esta inédita situación que afrontamos con la convicción de que sabrán sacar provecho de la misma.