Alfredo Oñoro (Ceca): “Muy pocas entidades europeas se van a configurar como independientes”

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“Gran parte del sistema de inversión europeo se basa en los incentivos” y, por esta razón, “muy pocas entidades europeas se van a configurar como independientes”. Así lo cree Alfredo Oñoro, director de Cumplimiento Normativo de Ceca, quien ofreció ayer un briefing sobre MiFID II y sus principales novedades. La definición del servicio de asesoramiento como independiente o no independiente es una de las grandes decisiones que tendrán que tomar las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión de cara a enero de 2018, cuando entre en vigor MiFID II, una decisión que impactará en los modelos de negocio de forma directa.

Esta realidad reinante en la Europa continental hoy día no tiene porqué ser, sin embargo, perjudicial para el inversor final, cree Oñoro. De hecho, hace un gran bien: aumentar la inclusión financiera. “Los incentivos en la distribución de productos de inversión soportan una buena parte del coste de las redes y hacen que éstas lleguen a más lugares”, justifica.

Si bien a priori pocas entidades se definirán como independientes a la hora de asesorar a sus clientes en materia de inversiones, lo cierto es que en el caso de España varios de los grandes grupos bancarios ya han declarado su intención de apostar por un modelo mixto que incluya tanto el asesoramiento independiente como el no independiente. Respecto a esta posibilidad, considera el director de Cumplimiento Normativo de Ceca, “lo más transparente para implementar un modelo mixto de asesoramiento sería tener una estructura de filiales”, donde distintas filiales de un mismo grupo facilitaran estos servicios por separado. No obstante, puntualiza, “a lo mejor no es necesario”, en función de qué forma definitiva tome la transposición española, ya que en una misma entidad asesores y banqueros especializados podrían ofrecer estos servicios por canales distintos, es decir, a segmentos diferenciados de clientes, siempre y cuando cada profesional sólo ofrezca uno de ellos.

Para que los incentivos sean válidos, en el ámbito del asesoramiento no independiente -en el independiente estarán totalmente prohibidos- deberán haber sido diseñados para aumentar la calidad del servicio al cliente. Dentro de esta condición, MiFID II se refiere a tres supuestos en los que considera que incrementa la calidad del servicio, aunque al tratarse de una lista abierta a nivel europeo, los países podían transponer a sus respectivas legislaciones nacionales la directiva junto a supuestos extra. Previsiblemente, es el caso de mercados como los de Alemania, Italia y Francia, que tendrán -Alemania ya lo ha aprobado- o van a intentar tener un cuarto supuesto de distinta índole para mantener sus particularidades locales en la distribución de productos de inversión y no tener porqué asemejar al completo el modelo anglosajón. Sin embargo, España, a pesar del lobby hecho por la industria e Inverco, parece que no seguirá el camino de sus vecinos.

España podría no tener cuarto supuesto en la validez de incentivos en la distribución

“La gran sorpresa del borrador de transposición en España de MiFID II es que se hiciera sin cuarto supuesto y con lista cerrada. Y eso no tiene sentido”, critica Oñoro. “Sólo tendría sentido una lista cerrada si incluyese un cuarto supuesto”, defiende. El cuarto supuesto propuesto desde Inverco “no era de asesoramiento, pero estaba muy cercano a él, con la información y las herramientas necesarias en fase preventa y postventa”, recuerda.

En el encuentro, Oñoro hizo extensible sus deseos al conjunto de la industria española, especialmente la de fondos. “Queremos una lista cerrada si incluye el cuarto supuesto y, sino, una lista abierta y que cada uno se arriesgue. Básicamente”, apunta, “lo que queremos es que todas las entidades tengan iguales posibilidades de distribuir y libertad de decisión, sin necesidad de que cambien drásticamente su modelo de distribución”.