Mejoras en las pensiones y reducción de riesgos

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Foto cedida

Existen riesgos inherentes en los sistemas de pensiones. Uno de ellos es el riesgo de longevidad. En Capitalización Individual: El riesgo de que la persona sobreviva al saldo de un retiro programado. En Capitalización Colectiva: Incrementos en la expectativa de vida y disminución en la tasa de fertilidad hacen que las pirámides se inviertan. El problema es que los beneficios que se pagan no corresponden con las cotizaciones. La discusión entre planes individuales o colectivos debe superarse: ambos enfrentan riesgos de longevidad y el objetivo debería ser una tasa de reemplazo meta. 

El riesgo de longevidad es intrínseco al diseño de un sistema de pensiones y va a ser cada vez más relevante por el proceso de envejecimiento. Sin embargo, no es parte de los esquemas de supervisión. Normalmente la supervisión se ha enfocado en los riesgos gestionables (riesgo de gobierno corporativo, riesgo de las inversiones, riesgo operacional u operativo, riesgo de solvencia que está ligado a los regímenes de beneficio definido, y riesgo político). 

Se ve un engrosamiento de la pirámide demográfica en Costa Rica. 

Riesgo de gobierno corporativo 

Por lo general se habla del establecimiento de responsabilidades fiduciarias, una representación más balanceada de afiliados en los órganos de gobierno de las diferentes administradoras, tanto de sistemas públicos como privados; mayores niveles de pericia o experiencia en comités (ya sea de riesgos, de inversiones, comités administrativos, de comités de riesgos de inversiones en específico o en general de riesgos para todo el sistema); y en juntas directivas. Esto implica el establecimiento de requisitos de idoneidad, el entrenamiento permanente de las diferentes personas que integran estos comités, el uso de miembros externos independientes y la implementación de códigos de conducta para evitar los conflictos de interés. 

Riesgo de inversión 

Es de los riesgos más ampliamente estudiados, y en donde uno esperaría que existan la mayor cantidad de países que incorporan elementos mínimos en las regulaciones, pero no es así. 

En una primera etapa, las soluciones reglamentarias a los riesgos de inversión están relacionadas con el establecimiento de restricciones cuantitativas que incluyen el límite de emisor, emisión, moneda, mercado, renta fija, renta variable, etcétera; es una etapa temprana en donde no hay una capacidad institucional en el sistema como para establecer “normas de persona prudente”. En América Latina es característico encontrar en las regulaciones restricciones cuantitativas. 

En los países europeos es más común encontrar las normas de la persona prudente, que son como una segunda etapa, mientras se da tiempo a que los mercados locales se desarrollen. 

Lo común en América Latina, con excepciones de países grandes, es que los mercados financieros son poco profundos, que el mercado secundario es casi inexistente, y que no hay una amplia bursatilidad de los instrumentos en los cuales se invierten los fondos de pensiones. Mientras se desarrolla el sistema financiero (ligado al desarrollo del mercado de pensiones) y se da ese proceso de creación de coberturas cambiarias y desarrollo del mercado bursátil, se utilizan restricciones cuantitativas para posteriormente empezar a identificar oportunidades para: (i) incorporar los estándares de la persona prudente; (ii) establecer estándares mínimos internacionales (la OECD, ha producido guías de estándares mínimos que deben contener los sistemas de pensiones, y aquí es clave fijarse una tasa de reemplazo meta, establecer comités de inversiones, políticas de inversión, valoración a mercado, etc.); y (iii) exigir presupuestos de riesgos mediante el establecimiento de portafolios benchmark (como existe por ejemplo en Colombia o República Dominicana), pruebas de estrés y procedimientos de inversión para evitar la exposición a riesgos innecesarios. 

Riesgo Operacional 

Es el área de riesgos más nueva y también más difícil de medir porque depende de la propia estructura de la administradora. No hay un catálogo que indique cómo se debe medir y manejar el riesgo operacional; depende de caso a caso, es casi a nivel casuístico, pues se pueden trazar grandes líneas para definir procedimientos de trabajo que definan responsabilidades, que se sepa quién es responsable de qué proceso dentro de la institución, definición de planes estratégicos, políticas de reclutamiento y capacitación y evaluación del personal, el cumplimiento de estándares mínimos tecnológicos y de normas internacionales de contabilidad. Algunas de las soluciones reglamentarias son la valoración a precios de mercado, el desarrollo de sistemas centralizados de recaudación (que en muchos países ha resultado ser una fuente de disminución de costos), y la divulgación de información (revelación transparente de costos de administración) 

Riesgo Político 

Este riesgo tradicionalmente se ha asociado a los regímenes de BD, pero también puede ser extensivo a algunos sistemas de capitalización individual. En el caso de los sistemas de BD las soluciones reglamentarias para minimizar el impacto de este riesgo deberían incluir: (i) que se exijan estudios actuariales independientes; (ii) que la regulación del sistema público sea llevada a cabo por la superintendencia o un regulador que dicte las normas (ya que este riesgo político en los sistemas públicos puede ocasionar efecto contagio sobre los sistemas privados y también reversiones de reformas, como por ejemplo en Argentina o Bolivia); (iii) que exista independencia del supervisor, tanto de forma presupuestal como funcional; (iv) que haya un blindaje político en el nombramiento de la cabeza del supervisor y en el funcionamiento del regulador; (v) que hayan exigencias de requisitos de idoneidad para el caso de los miembros de las juntas directivas y comités de las administradoras de fondos de pensión y también para el nombramiento de las cabezas de los organismos de regulación de las pensiones; y (vi) que el nombramiento del supervisor no coincida con el ciclo político, y que se base en criterios técnicos independientes o que tenga la aprobación de órganos como el Congreso. 

Mecanismo para mitigar el riesgo: Supervisión Basada en Riesgo (SBR) 

El mecanismo que se están diseñando dentro de la Organización Internacional de Supervisores de Pensiones (IOPS) y otros organismos multilaterales para mitigar los riesgos de los sistemas de pensiones, es la SBR. 

La SBR consiste en que el sistema de pensiones se va a centrar en aquellos riesgos que son mayores, y en buscar las soluciones que son más efectivas, basados en la mejor evidencia para entregar pensiones adecuadas a los trabajadores elegibles. O sea, se trata básicamente de que los supervisados gestionen y mitiguen los riesgos, para generar mayor confianza, mientras que y el supervisor escucha, explica, convence, incentiva, ayuda y hace cumplir la Ley. 

En ese sentido, la regulación tiene que añadir valor a la gestión de los riesgos en el sistema de pensiones. Esto es muy importante porque en los sistemas de capitalización individual, especialmente en los países más pequeños, el costo de la regulación puede ser incluso superior a las ganancias que generan las administradoras de fondos de pensiones. Entonces la regulación tiene que añadir un valor suficiente para el costo que tiene (correspondencia entre ganancia y coste).