Los Family Office salen del limbo en Luxemburgo

El pasado 28 de diciembre de 2012, el diario oficial del Gran Ducado de Luxemburgo publicóla ley de 21 de diciembre de 2012 relativa a la actividad de Family Office. Esta nueva norma afecta únicamente a los multi family office y restringe el desempeño profesional de esta actividad y, por tanto, reserva la denominación family office a una lista más o menos cerrada de profesionales establecidos en Luxemburgo. Entre estos profesionales figuran los establecimientos de crédito, los consejeros de inversiones, los gerentes de fortunas, determinados abogados, los notarios, auditores, expertos contables... Y los Profesionales de Servicios Financieros (PSF) especializados y autorizados como family office, entre otros.

En síntesis, la norma luxemburguesa -pionera en este ámbito- aporta dos grandes cambios. Uno es dar una definición a la actividad de family office y otro es limitar dicha actividad a una serie de profesiones así como crear la figura de profesional de servicios financieros de family office.

Hasta ahora, esta actividad en Luxemburgo se ha estado desarrollando sin un marco legal propio y por profesionales de diversos ámbitos, al igual que ocurre en España donde la denominación Family Office -sin definición legal- no está reservada a nadie en concreto.

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