La implementación de Solvencia II en Europa

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La Comisión Europea ha promovido un proyecto dentro del seno de la Unión Europea, llamado Solvencia II, que engloba todas las actuaciones ya iniciadas o futuras para la revisión de la normativa existente, para la valoración y supervisión de la situación financiera global dirigida al sector de Pensiones y Seguros, así como de los modos de actuación interna de las mismas.

El objetivo de Solvencia II, es el desarrollo y establecimiento de un nuevo sistema que permita determinar los recursos propios mínimos a requerir a cada entidad, en función de los riesgos asumidos (ejemplo de tipos de riesgos: riesgo estratégico, mercado, crédito, operacional, técnico y liquidez) y de la gestión que se realice de cada uno de ellos, mejorando así el control y la medición de los mismos. Solvencia II, se sostiene en tres requerimientos al sector de pensiones y seguros:

1. Requerimientos financieros cuantitativos:

Analiza los procedimientos para el cálculo de los requerimientos de capital acordes con el nivel de complejidad de las entidades (se distingue entre Capital de Solvencia Requerido (SCR) y Capital Mínimo Requerido (MCR)), cuyos resultados sean mucho más sensibles al riesgo que los hasta ahora vigentes, con el fin de poder hacer frente a posibles situaciones imprevisibles que puedan deteriorar su nivel de solvencia. Por ejemplo, cuando por motivos de desastres naturales, accidentes de aviones, trenes, metros, etc…puedan hacer frente lo antes posible y justamente a los asegurados con las correspondientes indemnizaciones  sin poner en riesgo su solvencia y continuidad.

2. Requerimientos cualitativos del proceso de revisión y supervisión:

Intenta potenciar que la actuación supervisora verifique el riesgo de los procedimientos utilizados por las entidades, en su evaluación interna de los recursos propios totales que precisan para respaldar el conjunto de los riegos asumidos. Evaluar de forma continua (como los test de estrés de bancos), todos aquellos riesgos que influyen en el devenir actual y futuro. Se actúa sobre la mejora de los sistemas de gobierno, de gestión y de responsabilidad corporativa. Recientemente según un estudio de KPMG, entre el 30% y el 40% de los cien mayores inversores institucionales del mundo incluyen criterios extra-financieros relacionados con el gobierno, la ética en los negocios, el riesgo medioambiental, la relación con la comunidad en las que trabaja y la diversidad cultural. De manera que estos requerimientos, ayudará a las compañías aseguradoras, que cumplan estos requerimientos, a ser mejor valoradas por los cien mayores inversores institucionales.

3. Requerimientos de revelación (transparencia):

Busca impulsar la disciplina de mercado, como mecanismo que estimule a las entidades a mantener niveles de recursos adecuados (incluye la información que necesitan dar las compañías al regulador (RTS), en primer lugar, y al mercado y al público (SFCR), en segundo lugar). Incluye también aquella información de gestión que es imprescindible establecer dentro de la empresa como aspectos relacionados con la Fase II de las Normas internacionales de Información Financiera (IFRS), personas que poseen los datos, disponibilidad y suficiencia de estos datos, datos de gobierno corporativo y procesos de control en tecnología.

La imposición de provisiones más elevadas, afectará de forma distinta a cada país, dada la diversidad de riesgo por países. La Comisión Europea ha implantado un calendario (ver gráfico adjunto) de aplicación de la Directiva para el 1 de Enero de 2016, empezando por la publicación en la página web de EIOPA (European Insurane and Occupational Pensions Authority), la documentación relativa a las Directrices de Preparación a Solvencia II con el fin de que los supervisores de los Estados Miembros decidan su correspondiente aplicación.

Estas medidas, sin duda van en el buen camino para reducir riesgos futuros y dotar de más solvencia al Sector de Pensiones y Seguros Europeo. No obstante, y aunque los organismos reguladores tomen estas iniciativas, no es suficiente, ya que como decía Alan Greenspan en su Libro: “La era de las Turbulencias”, la Vida va por delante y la regulación va por detrás.

La historia reciente de EE.UU nos ha demostrado, que para detectar un funcionamiento oportunista  y falto de ética profesional, más que unas leyes y unos organismos públicos supervisores, que existían y hacían su trabajo lo mejor que podían, fueron particulares y empresas privadas las que fruto de su investigación y perseverancia supieron detectar y explicar lo que había pasado en los siguientes casos: Enron (una periodista valiente), Bernard Madoff  (un analista que lo denunció en un informe que presentó a la Security Exchange Comisión (Comisión Nacional del Mercado de Valores Norteamericana) y un funcionario tras leerlo, la archivo en un cajón y desestimó el caso, Lehman Brothers (el gobierno de EE.UU comprobando que sus funcionarios de la SEC, no eran capaces de explicar que había pasado con Lehman, encargó a un despacho de abogados privado con permiso del gobierno de acceder a toda la documentación de Lehman, un informe sobre  lo ocurrido). Tras un pago de 30 millones de dólares de honorarios y después de año y medio de investigación, el despacho explicó los abusos e irregularidades (los llamaron REPO 102 y REPO 104) cometidos por gran parte de la banca de Inversión Norteamericana que les llevo a abultadas pérdidas y que en el caso de Lehman, como abusó mucho más que el resto, le llevo a la quiebra.

En conclusión, estaremos más tranquilos, si además de tener leyes y organismos públicos reguladores (en España por ejemplo, se ha creado recientemente la Subdirección General de Solvencia dentro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para a los retos de Solvencia II), que procuren la solvencia de sectores empresariales estratégicos, tenemos “vigilantes privados” expertos en la materia, íntegros, independientes y sin conflicto de intereses, para protegernos o minimizar los riesgos de comportamientos faltos de ética profesional en un futuro.