¡Habemus guía técnica sobre formación en el sector financiero! (de momento en consulta pública…)

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TRIBUNA de Simón Pérez Golarons, director Académico de EIAF.

Recientemente publicamos un artículo en Funds People en el que ya hablabamos de la más candente actualidad en formación financiera y uno de los principales problemas en las mesas de los directivos de RRHH de las entidades de crédito e inversión.

En ese artículo que podéis ver en este enlace se manifestaba que tras la ESMA era el turno de la CNMV y que estábamos esperando una guía técnica al respecto.

Dicha guía técnica se publicó este pasado Lunes 24 de Abril de 2017 y está en fase de consulta pública hasta el próximo 10 de Mayo. Podemos encontrarlo en la página web de la CNMV y su lectura no es compleja, al menos para el sujeto relacionado con estos menesteres, quizás si para el profano.

Este es uno de los principales asuntos en las mesas de los directores de Recursos Humanos de las instituciones financieras, dado que la guía técnica es una base para establecer los conocimientos y la experiencia que deberán demostrar todos los empleados y profesionales bancarios y financieros que deban mantener un trato directo con los clientes, les asesoren o les informen sobre productos de inversión y servicios auxiliares.
Se proponen como necesarias 150 horas para la formación inicial de un asesor financiero y 80 para el nivel de información y se establecen unos contenidos u objetivos básicos, así como se requiere un mínimo de 6 meses de experiencia profesional. Así pues el nivel de formación exigido es elevado dentro de los rangos que se contemplaban. Además de eso se requiere una formación continuada anual de reciclaje y se incluye la dimensión ética.

Otras de las novedades es que los departamentos de cumplimiento normativo, no únicamente los de RRHH pasan a ser parte, incluso diríamos la principal parte en este asunto y que la responsabilidad del buen hacer va a recaer totalmente en las entidades financieras.

En este sentido, una buena forma de alcanzar estos requisitos para los profesionales financieros, tal y como sugiere la autoridad europea, pasa por las certificaciones externas, manteniendo la separación entre formador y certificador. La CNMV no exige estrictamente dicha distinción y abre la vía a que las entidades financieras monten sus propias estructuras, pero si queda claro que el concepto de acreditador externo, separado del formador, cumple con todos los requisitos y se reconocerán ciertas acreditaciones existentes.

Considero que aun siendo posible para las entidades realizar sus propios desarrollos, esta opción puede tener sentido para las grandes entidades, pero entiendo que las medianas y las pequeñas acabarán aprovechando las certificaciones externas que ya se utilizan actualmente. Tanto por las economías de escala inherentes como por una cuestión de plazos.