Etiquetar los ETF

Dentro de uno de los últimos documentos sometidos a consulta por ESMA, nuestro regulador europeo, se encuentra la propuesta de etiquetar o dotar de una marca especifica a todos aquellos fondos UCITS que por cotizar en un mercado organizado revistan la forma de ETF. La concesión de la etiqueta o marca ETF ha sido acogida favorablemente por la gran mayoría de gestores de fondos y asociaciones de consumidores que entienden como la aplicación de una etiqueta a los ETF dota a estos de una serie de garantías y transparencia, así como de fuerza comercial. Desde la concesión de la etiqueta UCITS a partir de 1985, hemos visto como la marca se consolidaba y se ha asociado a la protección y transparencia frente al inversor.

Si finalmente la propuesta ve la luz, y se convierte en definitiva, parece que la marca o etiqueta habrá de utilizarse en la documentación legal del fondo así como en los materiales de marketing y en los KIID. Sin embargo, quedan una serie de cuestiones pendientes sobre las que existe una mayor controversia. En primer lugar se discute y no existe unanimidad sobre el ámbito de aplicación de dicha etiqueta, si se debe de conceder solamente a aquellos UCITS negociados activamente en un mercado europeo o si también debe extenderse a los no europeos pero que sin embargo estén radicados en jurisdicciones con una legislación y nivel de protección equivalente. Algunas voces han señalado además la conveniencia de que se extienda únicamente a los verdaderos fondos cotizados, sean o no UCITS, y se excluyan otros productos cotizados (lo que se conoce como ETP como es el caso de las Exchanged Traded Notes o los Exchange Traded Derivative Contracts).

Aun así, la cuestión que más controversia ha levantado entre la industria y los consumidores es la necesidad o no de que dicha etiqueta distinga entre ETF sobre índices específicos y ETF sintéticos. El mayor riesgo que, a priori, éstos implican hace que esta propuesta sea respaldada sobre todo por asociaciones de consumidores y usuarios de servicios financieros. Sea cual sea la solución finalmente adoptada, no podemos olvidar que los ETF sintéticos representan hoy en día ya el 45% del mercado de los ETF y que están experimentando un importante crecimiento.

Si finalmente se incluyen los ETF sintéticos dentro de la etiqueta, parece claro que sí que se les impondrán reglas bastante estrictas en cuanto a la transparencia en el tipo de activos que utilicen como colateral, y parece que también para aquellos ETF referenciados a un índice la obligación de que activos que integren el colateral pertenezcan a dicho índice. Otros requisitos reclamados por algunos reguladores y consumidores es la obligación de cumplir con ratios de diversificación similares a los que se aplican para UCITS.

A modo de conclusión podemos decir que la favorable acogida en términos generales de esta propuesta parece indicar que finalmente nuestros ETF serán etiquetados. El crecimiento que en la actualidad experimentan se podría ver reforzado con la creación de la marca ETF. Habrá que esperar a finales de marzo para ver las conclusiones finales, que nos pueden dar más pistas sobre la solución finalmente adoptada.