“El término de fondos de autor es un concepto de marketing”

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El Ministerio de Economía ha incluido en su modificación de la ley de institución colectiva el concepto de fondo de autor. Los productos así considerados tendrán que detallar en el folleto el nombre y apellidos del gestor o equipo gestor del fondo y, en caso de cambio en su composición, comunicarlo a través de hecho relevante. Para Javier Sáenz de Cenzano, director de Análisis de Morningstar para Iberia e Italia, “el concepto de fondo de autor es un concepto de marketing. Es cierto que a lo largo de los últimos años en la industria se ha intentado dar un mayor énfasis a la figura del gestor, lo que es positivo, pero no creemos que haya fondos con autor y fondos sin autor. Todos los fondos tienen un gestor y, lógicamente, su relevancia es mayor en unos casos que en otros”, asegura.

En la ceremonia de entrega de premios Morningstar 2015, Cenzano también reconoció tener ciertas dudas sobre cómo se determina y quién decide qué es un fondo de autor y qué no lo es. En caso de que la denominación sea a instancias de la sociedad gestora, el director de Análisis de Morningstar para Iberia e Italia no cree que vaya a funcionar. “No tiene ningún incentivo para la entidad poner en el folleto quién es el equipo gestor porque, si se produce un cambio, sería necesario volver a publicar un nuevo folleto y dar el derecho de separación. Para la gestora son todo inconvenientes. Las entidades siempre podrán comercializar el producto como fondo de autor como concepto de marketing en sus materiales comerciales”.

“Algunas gestoras nos han comentado que ha sido la propia CNMV quienes les había recomendado poner este concepto de fondo de autor en el folleto. En ese caso, la pregunta es con qué criterios se va a hacer y cuáles son los parámetros para diferenciar entre fondos de autor y sin autor. Para nosotros la solución más sencilla que responde a todas estas dudas es simplemente exigírselo a todos, esto es, que todos los fondos publiquen de forma obligatoria el nombre del gestor y del equipo gestor. Es un tema de transparencia que llevamos pidiendo años pero que ahora gana especial relevancia”, asegura. El experto hila esto con UCITS V y con uno de los aspectos más importantes que introduce la nueva normativa: la remuneración del equipo gestor, que debe ir ligada parcialmente a los resultados del fondo.

“A nosotros esta medida nos gusta porque alinea el interés de los inversores con el interés de los gestores. Nos gustan que el performance sea un componente significativo del bonus que recibirá el equipo, que este performance sea a largo plazo y que se analice el riesgo asumido, que parte del bonus sea pagado en participaciones del propio fondo, que los inversores inviertan en su propio fondo porque alinea sus intereses con los de los partícipes y que esto sea pagado en varios años, lo cual es positivo para la estabilidad del equipo de gestión. También el hecho de que y que sea tenido en cuenta el riesgo. Lo único que no nos gusta es que omite especificar un tema tan obvio como el nombre del gestor”, afirma Cenzano.

En este sentido, el director de Análisis de Morningstar para Iberia e Italia considera que las autoridades se están saltando un paso intermedio. “Se obliga a las gestoras a decir cuál es la remuneración exacta o con bastante detalle del gestor, pero no nos dicen quién es. Es llegar a un punto saltándose un paso previo. Nos parece que la CNMV está en una posición idónea y en un momento realmente oportuno para solicitar los nombres de los gestores a todos los fondos de inversión. Es inimaginable que compañías cotizadas puedan presentarse al mercado sin decir quién es el equipo directivo. Esto no ocurre. No vemos una justificación por la que tenga que pasar en fondos. Creemos que es un camino que hay que recorrer y al que tenemos que llegar porque la figura del gestor es clave”.