El mercado alternativo de renta fija

Beatriz_del_Rey
Cedida por Allen & Overy

La escasa oferta de crédito bancario actual, para la que no se espera una solución a corto plazo dado el contexto de reestructuración del sistema bancario español, está dificultando seriamente la obtención de financiación por el sector empresarial, contribuyendo al estancamiento de nuestra economía. Dicha situación afecta especialmente a la pequeña y mediana empresa.

Ante la dependencia estructural que tienen las empresas españolas de la financiación bancaria, y con el objetivo de impulsar otros medios de captación de fondos, el Ministerio de Economía ha anunciado recientemente la creación de un mercado alternativo de renta fija (MARF), con el que se pretende atraer el capital de inversores institucionales, nacionales y extranjeros para dotar de liquidez a empresas sanas y solventes.

La propuesta prevé la captación de financiación, tanto a corto como a medio plazo, mediante la emisión de pagarés y bonos con un volumen de diez a 25 millones de euros por emisión y con vencimientos estandarizados tendentes a facilitar la colocación y negociación de dichos instrumentos y la planificación financiera de emisores e inversores.

Dado que el nuevo mercado se dirige a inversores institucionales, la plataforma elegida sería un sistema multilateral de negociación de instrumentos de renta fija, con requisitos de acceso más flexibles que aquellos propios de los mercados secundarios oficiales, pero que a su vez ofrezca suficientes garantías y seguridad jurídica a los inversores. Así, el folleto quedaría sustituido por un documento informativo simplificado basado en un modelo estandarizado previamente aprobado por la CNMV, mientras que en materia de transparencia se barajan requisitos equivalentes a los de los mercados secundarios oficiales (cuentas anuales auditadas, informes periódicos y publicación de hechos relevantes). En cuanto a la valoración del riesgo crediticio se admitiría la presentación de un informe de solvencia o scoring.

Finalmente, la propuesta prevé la participación de diversos intermediarios y agentes en cada emisión (asesor registrado, valorador, entidad de liquidez, colocador y coordinador de la emisión). A este respecto, y dada la naturaleza institucional de los futuros inversores del MARF, cabe esperar que algunas de dichas funciones se puedan agrupar en una misma entidad con el objetivo de reducir los costes de emisión y de flexibilizar la operativa del nuevo mercado.

Limitaciones en la normativa

Desde un punto de vista jurídico, es importante destacar la existencia de ciertas limitaciones en nuestro ordenamiento que será preciso tener en cuenta para garantizar la entrada de un mayor número de empresas en el nuevo mercado y para agilizar el acceso al mismo.

En primer lugar, dado que un elevado número de potenciales emisores presentarían la forma jurídica de sociedades de responsabilidad limitada, el Ministerio de Economía plantea en su propuesta la necesidad de eliminar la prohibición prevista en la Ley de Sociedades de Capital de emitir obligaciones por este tipo de sociedades.

Asimismo, se contempla la posibilidad de modificar la actual regulación prevista en el artículo 405 de la ley de Sociedades de Capital. Dicho precepto establece que el importe total de las emisiones que lleve a cabo una sociedad anónima no podrá ser superior al capital social desembolsado más las reservas que figuren en el último balance aprobado y las cuentas de regularización y actualización. En la actualidad, dicho límite no resulta de aplicación en supuestos tasados (entidades de crédito, sociedades anónimas cotizadas y emisiones de deuda llevadas a cabo de conformidad con los requisitos previstos en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 13/1985 de Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y Obligaciones de Información de los Intermediarios Financieros) por lo que podría ser necesario establecer nuevas excepciones para garantizar el éxito del nuevo mercado.

Por otra parte y para facilitar el procedimiento de emisión, se propone que de forma análoga a las excepciones previstas en el artículo 6 de la Ley del Mercado de Valores, se permita representar los valores objeto de emisión en anotaciones en cuenta mediante el documento informativo simplificado.

Finalmente y dado que el objetivo del nuevo mercado es la captación de fondos procedentes de inversores de naturaleza institucional, resulta clave valorar la aptitud de las inversiones propuestas para las instituciones de inversión colectiva (IICs) y los fondos de pensiones, entre otros. En este sentido, si bien la inversión en instrumentos del MARF sería libre para las IICs de inversión alternativa, las IICs armonizadas y los fondos de pensiones se verían sujetos a determinados requisitos cualitativos que será necesario tener en cuenta a la hora de articular el nuevo mercado (principalmente, cálculo del valor liquidativo diario y disponibilidad de calificación de riesgo crediticio). Así, será necesario asegurar que las entidades de liquidez intervinientes en el MARF garanticen la negociación frecuente de sus instrumentos, permitiendo su valoración y, en su caso, su venta diaria. Por otro lado, miembros del sector han solicitado al Ministerio de Economía la introducción de requisitos que permitan equiparar los informes de solvencia o scoring con las calificaciones de las agencias de rating.

Valoración positiva

La articulación del MARF se encuadra dentro de un paquete de medidas más amplio de impulso a la financiación de las pequeñas y medianas empresas que incluye la introducción de reformas en el régimen de los Fondos de Titulización de Activos para pymes y la creación de una agencia de centralización y fomento del comercio exterior bajo el paraguas del ICEX.

Por el momento y a falta de desarrollo normativo de las medidas propuestas, valoramos positivamente la creación de un nuevo mercado de renta fija que contribuya a habilitar fuentes de financiación alternativa a la bancaria. Esta propuesta está en línea con diversas iniciativas implementadas a nivel europeo con el fin de permitir la financiación de pequeñas y medianas empresas mediante el acceso a los mercados de capitales, tanto de renta fija como de renta variable.