Compliance lo pone cada vez más difícil

Caras
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Las exigencias de cumplimiento normativo han cambiado mucho en comparación con 2008. Con la crisis financiera los reguladores empezaron a prestar más atención a la forma en que se vendían productos financieros al inversor minorista y a velar por su protección. Sin embargo, ha sido a partir de 2012-2013 cuando la presión regulatoria se ha intensificado y cuando los departamentos de cumplimiento normativo han ganado un mayor peso en las gestoras. Según Gloria Hernández, abogada especializada en regulación financiera, existen dos factores que explican este fenómeno.

El primero viene motivado por la propia evolución de las actividades que realizan las gestoras, que se han ampliado notablemente en los últimos años. “Antes solo se dedicaban a la gestión de fondos y sicavs, pero ahora su ámbito de actuación se ha expandido. Las últimas modificaciones que han introducido UCITS , AIFMD y MiFID permiten que las gestoras puedan realizar tanto sus actividades clásicas de inversión colectiva, como labores de servicios de inversión (gestión de carteras, asesoramiento en materia de inversión, recepción y transmisión de órdenes…), lo cual requiere mayores labores de control y, por ende, más trabajo para el compliance”.

El segundo guarda relación con la mayor independencia que la regulación viene exigiendo entre el depositario y la gestora, cuando los activos bajo gestión de la ésta son custodiados por el banco del mismo grupo. “En España, donde la mayor parte de las entidades pertenecen a un grupo bancario, hay una tendencia cada vez mayor a establecer una clara división entre el banco y la gestora, con el objetivo de que ambos dispongan de sus propios controles de supervisión. Esto hará que el número de consejeros independientes en los órganos de dirección de las gestoras aumente”, pronostica.

Efectos múltiples

Los resultados de todo esto son múltiples. El más inmediato es que, para las gestoras, esto implica contar con estructuras de control mucho más completas, lo que significa el reforzamiento de equipos en los departamentos de compliance. De hecho, desde el IEB reconocen que actualmente se trata de uno de los perfiles profesionales más demandados en el sector financiero. Las gestoras están ampliando sus departamentos con la incorporación de profesionales expertos en la materia. Una de ellas es Pictet AM. “Los equipos internacionales de cumplimiento normativo en la entidad ya superan las 30 personas, hasta el punto de que probablemente es el área en gestión de activos que más ha crecido en medios y personas en los últimos años”, revela José Daniel, director de servicio al cliente de Pictet AM en España.

Por un lado, esta tendencia es positiva porque reviste al inversor de una mayor seguridad jurídica. Por el otro, supone un incremento de los costes operativos de la gestora en un entorno de presión de márgenes, por lo que está por ver si acabará trasladándose al inversor final o no. También genera un desafío para el servicio que las gestoras prestan a sus clientes, sobre todo en lo que se refiere a la rapidez a la que atienden a las demandas de sus clientes. Esto ya lo están notando los equipos de ventas de las entidades.  

“El cliente está siendo cada vez más exigente con la rapidez de la información que solicita, pero esta debe pasar por los departamentos de cumplimiento normativo, primero por el de la unidad de negocio que lo ha creado y después por el de la oficina en España. Esto significa demora en la respuesta”, asegura Beatriz Barros de Lis, directora general de AXA IM para España. En su opinión, el mundo del cumplimiento normativo se está volviendo tan complejo y tan arduo que se está haciendo más difícil darle una respuesta al cliente de manera inmediata. “Incluso un mero correo electrónico tiene que pasar por el departamento de compliance. Estamos en un entorno cada vez más regulado y cada vez disponemos de menos flexibilidad”.

Lo que abarca compliance

En el día a día en la vida de una gestora, el cumplimiento normativo abarca fundamentalmente tres áreas: la distribución de productos de inversión (principalmente fondos), las actividades de marketing y el comportamiento de los empleados.

Respecto a la distribución de fondos, esta se rige por criterios contractuales. Cada distribuidor debe cumplimentar una serie de documentos que prueban su cumplimiento normativo en la venta de fondos, con buenas prácticas y formación continua de su personal. En el caso de Pictet AM, por ejemplo, entre otros documentos han de completar el Cuestionario Wolfsberg. Wolfsberg Group es una asociación no gubernamental de 13 bancos globales fundada en el año 2000 para desarrollar estándares en la industria financiera orientadas a conocer al cliente, con el objetivo de evitar prácticas de lavado de dinero o financiación de actividades terroristas.

“Dado que en España gran parte de las transacciones institucionales en fondos se hacen a través de la plataforma de Allfunds Bank, que cuenta con un departamento propio de cumplimiento normativo con un sistema riguroso y probado, es frecuente que su proceso de investigación se considere apropiado por nuestros equipos de cumplimiento”, explica José Daniel.

Otra de las actividades de las gestoras que está sometida al cumplimiento normativo afecta de lleno a la relación con los clientes, sobre todo en lo que hace referencia a las presentaciones y actividades de marketing. Estas deben cumplir correctamente con las directivas europeas y pautas de ESMA, reflejando correctamente la realidad y las fuentes de información y evitando poner el acento en las rentabilidades pasadas.

El tercer punto atañe directamente a los propios empleados de las gestoras. La última regulación limita la retribución de los gestores para evitar incentivar la toma de riesgos excesivos y este extremo debe ser supervisado por el departamento de cumplimiento normativo. También se controla por compliance el propio comportamiento de los empleados de la gestora, para lo que deben pasar por cursos obligatorios. Su comportamiento debe ser ético en todo lo que hagan. Por ejemplo, los equipos no pueden aceptar obsequios o prebendas de aquellos con los que mantengan una relación comercial (proveedores, clientes, medios de comunicación…) y tienen restringido el importe de los regalos que hacen, no pudiendo superar un determinado límite por año y persona.